SAG-AFTRA proporciona periódicamente a los miembros boletines, recordatorios o actualizaciones para educar e informar sobre temas y disposiciones contractuales relacionadas con los diversos acuerdos en los que trabaja.
Este es un aviso informativo sobre el Contrato Comercial negociado recientemente. El nuevo acuerdo establece lo siguiente:
“A los extras que deban ser pasajeros en vehículos dedicados a la conducción acrobática se les pagará una tarifa de sesión adicional de Uso ilimitado comercial adicional para intérpretes o Uso inicial de 13 semanas (según corresponda en función de su compromiso) como se establece en el Anexo D.III.6 .A. Lo anterior estará sujeto a la evaluación de las calificaciones de los artistas para ser pasajeros en vehículos dedicados a la conducción de acrobacias, los requisitos de seguro aplicables (si corresponde), las consideraciones de seguridad de los artistas y el cumplimiento de las Pautas de conducción de acrobacias”.
El requisito de una tarifa de sesión adicional adicional se activa solo cuando el vehículo en el que se requiere que el extra sea un pasajero está "involucrado en la conducción acrobática". En otras palabras, una o más de las Pautas de conducción acrobática establecidas en Sch. AIEE.9 del Contrato de Comerciales debe activarse para que el extra tenga derecho al pago de la doble escala. No es suficiente que el conductor del vehículo participe como conductor de acrobacias si el vehículo de hecho no está "participando en la conducción de acrobacias".
Si surge alguna duda con respecto a la interpretación de esta disposición, póngase en contacto con claudette singh al (323) 549-6858.
Gracias por su atención.
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