¿Qué es la Regla Global Uno?
La Regla Global Uno establece: Ningún miembro prestará ningún servicio ni hará un acuerdo para prestar servicios a ningún empleador que no haya firmado un acuerdo mínimo básico con el sindicato, que esté en pleno vigor y efecto, en cualquier jurisdicción donde haya un acuerdo nacional colectivo de trabajo de SAG-AFTRA en efecto. Esta disposición se aplica a nivel mundial.
En pocas palabras, un miembro de SAG-AFTRA siempre debe trabajar bajo un contrato sindical en todo el mundo.
Todos Juntos
La Regla Mundial Uno es uno de los principios fundamentales de nuestro sindicato: Nos mantenemos unidos como miembros y no trabajamos sin un contrato sindical donde existen acuerdos en toda la industria, por ejemplo, películas, programas de televisión, comerciales, no retransmitidos, interactivos, nuevos producciones mediáticas, independientes y estudiantiles, por nombrar algunas. Sin embargo, no se aplica automáticamente en jurisdicciones donde no existe un acuerdo de negociación colectiva nacional SAG-AFTRA, a menos que haya un esfuerzo de organización activo en marcha. La Junta Nacional, sin embargo, puede determinar que la Regla 1 debe aplicarse en cualquier jurisdicción. Si estás detrás de un micrófono o frente a una cámara, debe suponer que la Regla 1 se aplica hasta ya menos que un representante autorizado de SAG-AFTRA confirme que no es así.
Los miembros de SAG-AFTRA pueden beneficiarse de las protecciones de los acuerdos de negociación colectiva de SAG-AFTRA en cualquier parte del mundo donde trabajen. Trabajar sin un contrato de SAG-AFTRA degrada su poder adquisitivo y erosiona las ganancias de nuestro sindicato que tanto nos costó ganar, lo cual perjudica a todos los miembros. Debido a que los miembros de SAG-AFTRA han cumplido con la Regla Global Uno, se han hecho millones de dólares en contribuciones a los fondos de pensiones y salud que de otra forma se habrían perdido.
¿Crees que estás rompiendo con la Regla Global Uno?
SAG-AFTRA toma la Regla Uno Global muy en serio; violarla puede dar lugar a medidas disciplinarias que van desde reprimendas hasta multas y expulsión. Es responsabilidad de cada miembro asegurarse de que su productor sea signatario de SAG-AFTRA y obtener un contrato de SAG-AFTRA siempre que trabaje, incluso cuando trabaje fuera de los Estados Unidos.
Más Información
Para obtener información sobre la Regla Global Uno, comuníquese con el Departamento de Contratos SAG-AFTRA correspondiente:
Películas: (323) 549-6828
Televisión: (323) 549-6835
Comerciales / Infomerciales: (323) 549-6858
Corporativo/Educacional: (323) 549-6858
Música (cantantes, bailarines, grabación de sonido, videos musicales): (323) 549-6864