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La Junta dirige la investigación de las redadas informadas por la AEA en la jurisdicción de SAG-AFTRA en medios grabados y de transmisión

LOS ÁNGELES - La Junta Nacional SAG-AFTRA, en reunión especial que tuvo lugar el jueves, aprobó por unanimidad una resolución que reafirma la jurisdicción histórica y tradicional del sindicato en la grabación o transmisión de producciones teatrales en vivo. 

La Junta Nacional confirmó además la voluntad de SAG-AFTRA de otorgar una exención a la AEA durante el período de la pandemia, para permitir que la AEA cubra la grabación y transmisión de producciones de teatro en vivo por parte de los signatarios tradicionales de la AEA, sujeto a limitaciones razonables y un reconocimiento de jurisdicción, en términos consistentes con los establecidos en el documento de exención que se ha puesto a disposición en forma de borrador para AEA y los miembros de SAG-AFTRA.

Además, la Junta Nacional ordenó a los abogados de SAG-AFTRA que llevaran a cabo una investigación de las actividades de AEA que buscan robar la jurisdicción de SAG-AFTRA, con un énfasis particular en su "Comité de Medios" y los muchos acuerdos que ha hecho para el llamado trabajo "remoto" eso cae directamente dentro de la jurisdicción de SAG-AFTRA, y toma miles de días de trabajo de los artistas intérpretes o ejecutantes que deberían haber estado trabajando bajo contratos de SAG-AFTRA.

El texto completo de la resolución sigue:

Resolución re: Jurisdicción SAG-AFTRA y AEA

CONSIDERANDO QUE, SAG-AFTRA y sus sindicatos predecesores han tenido y han ejercido jurisdicción exclusiva sobre los medios grabados y los medios de transmisión en vivo desde sus inicios en la década de 1930, y sobre los medios de transmisión digital y en streaming desde sus inicios; y

POR CUANTO, Actors 'Equity Association (AEA) es el sindicato que representa a los artistas intérpretes o ejecutantes de teatro en vivo en los Estados Unidos; y

CONSIDERANDO que, tradicionalmente durante muchas décadas, cuando se va a grabar una producción de teatro en vivo para su transmisión, o ahora en transmisión, SAG-AFTRA tiene jurisdicción indiscutible sobre esa grabación o transmisión; y

CONSIDERANDO que, durante la pandemia de COVID-19, AEA se ha acercado a SAG-AFTRA buscando una exención de la jurisdicción de SAG-AFTRA sobre la grabación y / o transmisión de producciones de teatro en vivo con el propósito de apoyar a AEA, sus miembros y sus empleadores tradicionales; y

POR CUANTO, SAG-AFTRA estaba y sigue dispuesto a otorgar dicha exención, siempre que AEA reconozca la jurisdicción tradicional de SAG-AFTRA y ciertas otras disposiciones diseñadas para asegurar que dicha exención sea un reemplazo y sustituto del teatro en vivo y no una incursión disfrazada y permanente en Jurisdicción tradicional de SAG-AFTRA; y

CONSIDERANDO QUE, AEA se ha negado a aceptar las disposiciones razonables de la exención ofrecida y, en lugar de continuar el diálogo entre los sindicatos sobre la exención, optó por lanzar una campaña pública de desvío y desinformación; y

CONSIDERANDO QUE, ahora parece que AEA ha estado involucrada en una campaña subrepticia para invadir la jurisdicción de SAG-AFTRA, habiendo establecido un “comité de medios” y habiendo buscado silenciosamente asegurar acuerdos para el trabajo que está claramente dentro del alcance de la jurisdicción de SAG-AFTRA; y

CONSIDERANDO QUE SAG-AFTRA desea que sus miembros y otros estén completamente informados sobre las circunstancias de este asunto jurisdiccional, y rechaza la campaña de desinformación de la AEA en las redes sociales y las encuestas urgentes;

AHORA, POR LO TANTO, RESUELVA LA JUNTA NACIONAL SAG-AFTRA:

  1. SAG-AFTRA tiene jurisdicción sobre los medios grabados y los medios de transmisión (incluida la transmisión). Esta jurisdicción se aplica completamente a la grabación o transmisión de producciones teatrales en vivo.
  2. La Junta Nacional confirma la voluntad de SAG-AFTRA de otorgar una exención a la AEA durante el período pandémico, para permitir que la AEA cubra la grabación y transmisión de producciones teatrales en vivo de los signatarios tradicionales de la AEA, sujeto a limitaciones razonables y un reconocimiento de jurisdicción, en términos consistentes con los establecidos en el documento de exención que se ha puesto a disposición en forma de borrador para AEA y los miembros de SAG-AFTRA.
  3. La Junta Nacional ordena a los abogados de SAG-AFTRA que lleven a cabo una investigación de las actividades de AEA que buscan robar la jurisdicción de SAG-AFTRA, con un énfasis particular en su "Comité de Medios" y los muchos acuerdos que ha hecho para el llamado trabajo "remoto" que cae directamente dentro de la jurisdicción de SAG-AFTRA, tomando miles de días de trabajo de artistas que deberían haber estado trabajando bajo contratos de SAG-AFTRA.

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